Publicada D.O. 12 abr/007 - Nº 27216
Ley Nº 18.107
DÍA URUGUAYO DEL TANGO
SE DECLARA EL 5 DE OCTUBRE DE CADA AÑO
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Declárase el 5 de octubre de cada
año "Día Uruguayo del Tango"
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 14 de marzo de 2007.
ENRIQUE PINTADO,
Presidente.
Marti Dalgalarrondo Añón,
Secretario.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Montevideo, 29 de marzo de 2007.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro
Nacional de Leyes y Decretos.
TABARÉ VÁZQUEZ.
JORGE BROVETTO.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |