Artículo Único.- Desígnase "Ruta de los Charrúas" la Ruta Nacional Nº 90 y su continuación hacia el este sobre la Cuchilla de Haedo (Caminos Departamentales Nº 69.1, tramo Guichón a Piñera; Nº 69.2, tramo Piñera a Merinos; Nº 69.3, tramo Merinos a Morató; Nº 78, tramo Morató-Tiatucura-Salsipuedes y su continuación hasta Ruta Nacional Nº 5, Brigadier General Fructuoso Rivera).
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 14 de abril de 2004.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |