Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O.30 abr/004 - Nº 26492

Ley Nº 17.757

RUTA DE LOS CHARRÚAS

SE DESIGNA ASÍ A LA RUTA NACIONAL Nº 9 Y SU CONTINUACIÓN HACIA EL ESTE
SOBRE LA CUCHILLA DE HAEDO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo Único.- Desígnase "Ruta de los Charrúas" la Ruta Nacional Nº 90 y su continuación hacia el este sobre la Cuchilla de Haedo (Caminos Departamentales Nº 69.1, tramo Guichón a Piñera; Nº 69.2, tramo Piñera a Merinos; Nº 69.3, tramo Merinos a Morató; Nº 78, tramo Morató-Tiatucura-Salsipuedes y su continuación hasta Ruta Nacional Nº 5, Brigadier General Fructuoso Rivera).

    Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 14 de abril de 2004.

LUIS HIERRO LÓPEZ,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Montevideo, 23 de abril de 2004.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

BATLLE.
LUCIO CÁCERES.
LEONARDO GUZMÁN.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.